Buenos Aires, 08 de mayo 2017
Estimados Administradores:
Considerando que el vencimiento informado acaeció el pasado viernes 05 de mayo de 2017, se reenvía comunicación emitida el 26 de abril del corriente, solicitando tomar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo requerido a la mayor brevedad posible.
Se les recuerda que el INTA está exento del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias conforme la ley 25.413 de acuerdo a lo comunicado en fecha 12/08/2016 mediante mail de la DGA, se ha detectado que en algunas unidades siguen apareciendo en el extracto bancario y posteriormente son contabilizadas, los impuestos sobre créditos y débitos correspondientes a la mencionada Ley.
Por lo cual se adjunta nota MODELO que deberán presentar en la sucursal del Banco de la Nación Argentina a los efectos de comunicar la mencionada exención, como así también en el caso de corresponder se deberá solicitar la devolución por parte del BNA de las sumas debitadas por dicho concepto (Ley 25.413), una vez entregada y recepcionada por el BNA la nota que se adjunta se solicita envíen a la Gerencia de Contabilidad y Gestión Administrativa en formato digital un escaneo a los fines de poder responder una observación realizada por la UAI.
Cabe destacar que la nota enviada como MODELO debe ser completada por cada unidad previo a la presentación en la entidad bancaria.
La fecha límite para el envío del archivo digital por mail a la dirección gecont.consultas@inta.gob.ar es el 05/05/2017, se solicita tomar los recaudos necesarios para cumplir con la fecha estipulada.
Cualquier consulta relacionada a esta solicitud realizarla al mail especificado precedentemente.
Cordialmente,
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